Abogado penalista en Palencia
Defensa penal en Palencia
Saber qué se te imputa, antes que nada
Una causa penal se gana o se complica en los primeros pasos: la asistencia en comisaría y la declaración ante el instructor marcan el resto del procedimiento.
Llevamos asuntos penales en Palencia con desplazamiento a las actuaciones señaladas. Si te han citado, llama antes de la fecha, no después.
Dónde se lleva tu asunto
Qué órgano judicial te corresponde en Palencia
La instrucción no se lleva siempre en la capital. Instruye el Tribunal de Instancia del partido judicial donde se cometió el delito, no el del domicilio del investigado ni el de la capital de provincia. Si el hecho ocurrió en un municipio de la provincia de Palencia, es ahí donde empieza todo.
El juicio depende de la pena que se pida. Hasta cinco años de prisión enjuicia la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia; por encima de esa cifra, la Audiencia Provincial de Palencia. Ambos órganos tienen su sede en Palencia, por ser capital de provincia. Y si el delito es de los atribuidos al jurado, lo juzga el Tribunal del Jurado.
Los delitos leves los resuelve la propia Sección de Instrucción, sin pasar por la Sección de lo Penal.
Desde la reforma de los Tribunales de Instancia ya no existen como órganos separados los «Juzgados de Instrucción» ni los «Juzgados de lo Penal»: son Secciones del Tribunal de Instancia. Muchas resoluciones y escritos antiguos siguen usando los nombres anteriores.
En qué ayudamos
Desde la detención hasta el recurso
- Asistencia al detenido, también de madrugada y en fin de semana.
- Citación a declarar como investigado o como testigo: qué se te pregunta y qué conviene hacer.
- Defensa en el juicio, ante la Sección de lo Penal o ante la Audiencia Provincial de Palencia.
- Acusación particular si eres tú quien ha sufrido el delito.
- Recursos contra el auto de procedimiento abreviado, las medidas cautelares o la sentencia.
Urgencias 24 h en el +34 647 633 233.
Para entenderlo mejor
Qué es un juicio rápido y por qué la defensa tiene menos tiempo
Un procedimiento pensado para resolver en días determinados delitos, con la ventaja y el riesgo que eso supone para quien se defiende.
Base normativa
De dónde sale lo anterior
- Ley de Enjuiciamiento Criminal, artículo 14: reparto de competencia entre la Sección de Instrucción, la Sección de lo Penal y la Audiencia Provincial.
- Ley 38/1988, de Demarcación y de Planta Judicial, artículos 4 y 8: un Tribunal de Instancia por partido judicial, y sede en la capital de provincia de los órganos con jurisdicción provincial.
Esta página es información orientativa de carácter general y no sustituye al asesoramiento sobre un caso concreto.